Diagnósticos de las AVGM elaborados por la CNDH

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, participa en el mecanismo de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM) como integrante de los Grupos de Trabajo (GT), así como de los Grupos Interinstitucionales y Multidisciplinarios (GIM) que analizan la situación del contexto de violencia feminicida o agravio comparado, en territorios donde se solicita la AVGM. Posteriormente, dichos Grupos realizan la evaluación y el seguimiento de las acciones que las entidades con procedimiento AVGM ejecutan para su atención

Derivado de esta participación, en 2017 la CNDH realizó el primer Diagnóstico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como integrante de los grupos de trabajo que dan seguimiento a los procedimientos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres.

El objetivo de ese documento fue el de ofrecer un panorama general en torno a las actividades desarrolladas por los Grupos que en ese entonces daban seguimiento a los procedimientos AVGM, así como brindar una aproximación al estado que guardaban los mismos en las distintas entidades federativas en que se había implementado, aportando elementos que contribuyeran al fortalecimiento de su diseño e implementación. Dicho diagnóstico se encuentra disponible en:http://www.cndh.org.mx/sites/all/doc/Informes/Especiales/Diagnostico-AVGM.pdf

En términos generales, las propuestas de dicho Diagnóstico consistieron en fortalecer el mecanismo Alerta de Violencia de Género, a través de la modificación a la normatividad que las regula

Propuestas generales

  1. Se plantea necesario que se revisen los plazos de la AVGM en sus distintas fases, con base en el análisis de su adecuado diseño e implementación.
  2. Se considera necesario que las acciones de la AVGM no sólo sean notificadas al Ejecutivo local. Proponemos que también sean notificadas a los poderes judicial y legislativo.
  3. Se sugiere que, en la evaluación de los avances de las entidades, derivado de los alcances de la Alerta, y con el fin de que no se conviertan en un referente a modo de lista de actividades por cumplir, se incorporen indicadores de tipo cualitativo que permita dar cuenta del contexto de violencia feminicida, y analizar las acciones con perspectiva de derechos humanos y de género.
  4. Por otra parte, para la elaboración del dictamen, se sugiere que la interpretación de la valoración de los indicadores se haga a la luz del respeto a los derechos humanos de las mujeres, y del cumplimiento de las obligaciones constitucionales del Estado, con el objetivo de evitar que el análisis y la discusión de los avances, se resuma a una cuestión de sumas y restas.
  5. Se considera fundamental analizar los avances de las entidades que ya llevan más tiempo con Declaratoria de AVGM. También se considera relevante que se publiquen los informes de seguimiento de las entidades donde SEGOB decidió no declarar la Alerta.
  6. Fortalecer las áreas de las instituciones federales que se ocupan de los procedimientos de AVGM.
  7. Se identifica la tendencia a responsabilizar a los institutos de las mujeres estatales para atender las acciones de la AVGM, dejando de lado que el procedimiento implica el involucramiento de todas las instituciones del Estado, para poder garantizar la transversalización de la perspectiva de género.
  8. El cambio de gobierno durante la implementación de las acciones de la AVGM no debe significar dificultades para garantizar que se dé cumplimiento a las acciones solicitadas, ya sea en el informe del grupo de trabajo o en la Declaratoria de AVGM.
  9. Es conveniente prever un fondo para la implementación de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres, que se puede utilizar para atender las acciones de emergencia que los grupos de trabajo recomienden a las entidades.

Con el fin de dar continuidad al análisis del mecanismo Alerta de Violencia de Género, y con ello contribuir a que las mujeres accedan de manera efectiva al derecho a vivir una vida libre de violencia, en 2018 esta Comisión Nacional actualizó el Diagnóstico. Este segundo documento tuvo como objetivo profundizar en la comprensión de la situación de la violencia feminicida en el país, así como en sus estrategias de atención, incorporando al análisis tanto los elementos que resultan de operar las acciones que se desprenden del mecanismo de AVGM, como los desafíos a los que se enfrentan las entidades federativas, al momento de implementar las propuestas que el mismo mecanismo demanda

El Diagnóstico de AVGM 2018, que puede ser consultado en:https://igualdaddegenero.cndh.org.mx/Content/doc/Publicaciones/Diagnostico-AVGM-2018.pdf recupera las propuestas emitidas en el Diagnóstico 2017 y concluye que

“Resulta necesario realizar un balance que, en términos analíticos y comparativos, identifique las problemáticas comunes en torno a la violencia feminicida que se presenta en el país. Al respecto, es de la mayor relevancia analizar a profundidad las diferentes estrategias que los estados han ejecutado, así como los obstáculos comunes a los que se enfrentan. Lo anterior requiere la revisión a fondo de la información contenida en los Informes de los Grupos de Trabajo, en los Dictámenes de implementación elaborados por los Grupos de Trabajo, así como los Informes de cumplimiento de los Estados. En suma, la información que ha resultado del mecanismo AVGM, puede brindar elementos de vital importancia para comprender de una mejor manera las manifestaciones y dinámicas de la violencia feminicida en el país y por ende, articular nuevas y mejores estrategias de combate.”
“[…] pese a todas las deficiencias ya identificadas, la Alerta de Violencia de Género ha demostrado ser uno de los instrumentos más fuertes para que los estados implementen acciones. Sin duda lo anterior es insuficiente y como se ha señalado, se requiere de bases mínimas para que el mecanismo Alerta de Violencia de Género funcione como medida emergente; sin embargo, el hecho de apelar a su defensa y fortalecimiento, no excluye la necesidad de continuar con las exigencias que los estados están obligados a cumplir en materia de derechos humanos de las mujeres, con o sin Alerta.”

Finalmente, en el año 2019, la CNDH elaboró el Diagnóstico de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, como integrante de los grupos de trabajo que dan seguimiento a los procedimientos de Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres 2019, disponible en: https://www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2019-11/Estudio-AVGM-2019.pdf

En este último documento, la CNDH continúa con el análisis y la discusión en torno al mecanismo AVGM, sumando los aportes de los Diagnósticos señalados y situando el análisis de cara a los contextos de violencia feminicida en México. Así, el objetivo de este trabajo fue el de exponer la heterogeneidad y dinámicas de los contextos de violencia feminicida en el país, en el marco de la experiencia de los trabajos de la CNDH en los procedimientos AVGM. Con base en lo anterior, el Diagnóstico 2019 expuso las siguientes consideraciones:

  • El mecanismo AVGM, por sí mismo, es insuficiente para hacer frente a los feminicidios, a la violencia feminicida y a la problemática de acceso a la justicia para las mujeres, lo cual no significa que no haya resultado útil y que deba descontinuarse.
  • Existen elementos previstos en la LGAMVLV que deben implementarse para así recuperar el carácter emergente, temporal y focalizado del mecanismo AVGM, en atención a la violencia feminicida o a una situación de Agravio Comparado, con el presupuesto suficiente para dicho fin.
  • El abordaje exhaustivo de la LGAMVLV, da cuenta del establecimiento de una estrategia integral para hacer frente a la violencia contra las mujeres a través de varios elementos, que en suma se constituirían como una Política de Estado para combatir la violencia contra las mujeres.
  • Como se analizó, la LGAMVLV plantea la Política Nacional Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres. Adicionalmente, prevé como instrumentos: el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la violencia contra las Mujeres, así como el Programa Integral para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres; y también, establece dos mecanismos de actuación; la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres y las Órdenes de Protección. Asimismo, establece obligaciones puntuales para distintas instancias, contemplando también a los 3 órdenes de gobierno: Federación, Estados y Municipios.
  • Si bien la LGAMVLV ofrece un marco normativo, jurídico y de acción, para la puesta en marcha de los instrumentos y mecanismos que contempla, y con ello, garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, en los hechos, la AVGM ha sido el mecanismo que principalmente se ha atendido.
  • Respecto al tema del presupuesto, desde el 2011, el Centro de Estudios para el Logro de la Igualdad de Género, documentó una reducción del gasto etiquetado para la atención de la violencia contra las mujeres en el Anexo 13 Erogaciones para la Igualdad entre Mujeres y Hombres. Pues en ese año, ese rubro representó solamente el 5% del total del gasto etiquetado para la igualdad entre mujeres y hombres.
  • Es un hecho, que los recursos públicos para la atención a la violencia de género, en lugar de incrementarse, han disminuido año con año en el Presupuesto de Egresos de la Federación. Pero en el ámbito estatal y local, la falta de recursos es crítica y demuestra la escasa voluntad política de los tomadores de decisiones por asignar recursos para la atención de la violencia de género.
  • Aunado a que la mayoría de las instituciones en las entidades sostienen sus acciones para atender la violencia contra las mujeres, del presupuesto federal incluido en el Anexo 13. La ausencia de la planeación del presupuesto con perspectiva de género y para acciones relacionadas con la violencia contra las mujeres, da cuenta de una de las dificultades centrales para atender el problema.
  • Por lo anterior, se considera necesario que a nivel estatal se planee, solicite y ejerza con transparencia el presupuesto para fortalecer a las instituciones encargadas de la violencia contra las mujeres, así como emplear criterios de género en la totalidad del presupuesto que se ejerza, atendiendo al imperativo de transversalizar la perspectiva de género en el país.